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Pagaré · Requisitos verificados

Formato de pagaré para llenar.

Rellene y compruebe los requisitos legales mientras escribe. El importe en letras se redacta solo, y nada de lo que escriba sale de su navegador.

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Pagaré

título de crédito

Importe

Vence

Por este pagaré me obligo incondicionalmente a pagar a la orden de , en , el día , la cantidad de (), valor recibido a mi entera satisfacción.

Suscriptor
Lugar y fecha de suscripción

Firma del suscriptor

Requisitos legales

  • La palabra «pagaré»

  • Promesa incondicional y suma determinada

  • Nombre del beneficiario

  • Época y lugar de pago

  • Fecha y lugar de suscripción

  • Firma del suscriptor

qué es

Un pagaré no es un papel cualquiera.

El pagaré es un título de crédito por el que una persona promete incondicionalmente pagar una suma determinada a otra, en una fecha y un lugar fijados.

Lo que lo distingue de un reconocimiento de deuda corriente es la fuerza ejecutiva. Si el pagaré está bien hecho y no se paga, el acreedor puede acudir directamente a la vía ejecutiva, un procedimiento en el que no se discute si la deuda existe: se parte de que existe porque el título lo dice.

Esa ventaja tiene un precio, y es la razón de ser de esta página. Las leyes cambiarias enumeran los requisitos del pagaré de forma taxativa, y la omisión de cualquiera de ellos le quita al documento su carácter ejecutivo. No queda nulo: queda convertido en un papel que hay que probar por la vía ordinaria, más lenta y más cara.

Los formatos de pagaré que circulan en Word no avisan de nada. Se descargan, se rellenan y quien los usa descubre el hueco cuando ya no tiene remedio. Aquí la comprobación va al lado del papel.

los requisitos

Seis elementos y una firma.

Esta enumeración sigue al artículo 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de México, la más detallada de las que hemos verificado. El Código de Comercio colombiano pide en lo esencial lo mismo en sus artículos 621 y 709.

  1. 01

    La palabra «pagaré»

    La mención de ser pagaré tiene que ir dentro del propio texto del documento, no solo como título.

    Si falta Sin ella el documento no nace como título de crédito.

  2. 02

    Promesa incondicional y suma determinada

    La promesa de pagar no puede depender de nada. Un pagaré que diga «pagaré si se cumple X» es nulo como título. La cantidad ha de estar determinada, en cifras y en letras.

    Si falta Sin importe no hay suma determinada, y sin ella no hay pagaré.

  3. 03

    Nombre del beneficiario

    A quién debe hacerse el pago. En Colombia se añade la indicación de ser pagadero a la orden o al portador.

    Si falta Un pagaré sin beneficiario nombrado no identifica al acreedor.

  4. 04

    Época y lugar de pago

    Cuándo y dónde se paga. Si no se indica la fecha, el pagaré se entiende pagadero a la vista; si falta el lugar, se toma el domicilio del suscriptor, con las complicaciones de competencia territorial que eso trae.

    Si falta Su ausencia no siempre anula, pero deja el cobro en manos de la regla supletoria.

  5. 05

    Fecha y lugar de suscripción

    Cuándo y dónde se firma. De esa fecha dependen los plazos de prescripción de la acción cambiaria.

    Si falta Sin fecha de suscripción no se puede computar la prescripción.

  6. 06

    Firma del suscriptor

    La firma de quien se obliga a pagar. Es el único requisito que no se puede rellenar en pantalla.

    Si falta Un pagaré sin firmar no obliga a nadie.

no confundir

Recibo, pagaré y cheque.

DocumentoQué diceCuándo se firmaQué fuerza tiene
Recibo Acredita que un pago ya se hizo Se firma al entregar el dinero Prueba entre las partes
Pagaré Promete un pago futuro Se firma antes de pagar Título ejecutivo: permite el juicio ejecutivo
Cheque Ordena a un banco pagar contra una cuenta Se firma para pagar en el acto Título de crédito, con provisión de fondos

la letra manda

Por qué el importe se escribe dos veces.

En los títulos de crédito, cuando la cantidad en números y la cantidad en palabras no coinciden, prevalece la escrita en palabras. La regla existe porque una cifra se altera con un trazo y una palabra, no.

La consecuencia práctica es incómoda: si al llenar un pagaré la letra sale mal redactada, lo exigible no es lo que las partes acordaron, sino lo que la letra dice. No es un problema de estilo, es un problema de cuánto se debe.

Este formato de pagaré escribe el importe con el mismo motor que el convertidor de números a letras del sitio: aplica la apócope, la concordancia de género y la «de» que exige el millón. Puede consultar las reglas completas de la RAE con más ejemplos.

errores frecuentes

Cuatro formas de perder la vía ejecutiva.

Los cuatro descuidos que más se repiten al llenar un pagaré con una plantilla. El generador de arriba evita los cuatro, pero conviene saber por qué importan.

Pagaré si se aprueba el crédito

Me obligo incondicionalmente a pagar

La promesa no puede estar sujeta a condición. Un pagaré condicionado no es un pagaré: es, como mucho, un reconocimiento de deuda.

un millón pesos

UN MILLÓN DE PESOS

A partir del millón el numeral pide «de» delante del nombre de la moneda. En un título de crédito la letra prevalece sobre la cifra, así que el error viaja al importe exigible.

Pagaré a la vista

Pagaré el 31 de diciembre de 2026

Sin fecha de vencimiento el pagaré se entiende pagadero a la vista, lo que rara vez es lo que las partes acordaron.

Dejar el lugar en blanco

Guadalajara, Jalisco

Si no consta el lugar de pago se aplica el domicilio del suscriptor, con las complicaciones de competencia territorial que eso trae al reclamar.

tres casos que aparecen siempre

Aval, endoso y pagarés en serie.

El aval

Un tercero puede garantizar el pago firmando también el documento, normalmente con la fórmula «por aval» junto a su firma. El avalista responde igual que el suscriptor, y el acreedor puede reclamarle a él directamente sin haber agotado antes al deudor principal. No es requisito de validez: es un refuerzo. Si lo necesita, añada la línea a mano en el espacio de firma del formato de pagaré que imprima.

El endoso

El pagaré nace a la orden, lo que significa que el beneficiario puede transmitirlo firmando al dorso. Quien lo recibe pasa a ser el nuevo acreedor. Si no quiere que circule, escriba «no negociable» o «no a la orden» en el anverso: con esa cláusula el documento solo puede cederse por los trámites de la cesión ordinaria, más lentos y con más defensas para el deudor.

Pagarés en serie

Cuando la deuda se paga a plazos, lo habitual no es un pagaré con abonos parciales sino varios pagarés, uno por vencimiento, numerados «1 de 12», «2 de 12». Cada uno es un título independiente y vence por su cuenta. Genere uno por plazo cambiando el importe y la fecha, e imprima cada vez: es más trabajo, pero es lo que permite reclamar una cuota sin tener que esperar al resto.

preguntas

Dudas frecuentes.

¿Qué diferencia hay entre un pagaré y un recibo?

El recibo acredita un pago que ya ocurrió; el pagaré promete uno futuro. Además, el pagaré es un título de crédito: si no se paga, permite acudir a la vía ejecutiva, un procedimiento más rápido que el juicio ordinario. Esa fuerza es la razón de que la ley enumere sus requisitos de forma taxativa.

¿Un pagaré llenado en línea tiene validez?

La tiene si contiene los requisitos legales y está firmado de puño y letra por quien se obliga. La ley no exige un formato oficial ni un papel especial: exige un contenido. Por eso este formato de pagaré comprueba los requisitos mientras usted escribe en vez de entregarle una plantilla en blanco.

¿Hace falta que lo firme un notario o un testigo?

No. Basta la firma del suscriptor. Un aval o unos testigos refuerzan la posición del acreedor si más adelante se discute la firma, pero no son requisito de validez del título.

¿Puedo poner intereses moratorios?

Sí, y el generador incluye la cláusula si indica un porcentaje. Conviene que el tipo sea razonable: los tribunales de varios países han reducido intereses que consideraron desproporcionados, aunque estuvieran firmados.

¿Por qué el importe va también en letras?

Porque una cifra se altera con un trazo y una palabra no. En los títulos de crédito, cuando el número y la letra discrepan, prevalece la letra. Un pagaré con la cantidad mal redactada puede acabar siendo exigible por un importe distinto del pactado.

¿El pagaré viaja por internet al generarlo?

No. El pagaré se compone dentro de su navegador y se imprime desde ahí. No hay formulario que viaje ni PDF generado en remoto, algo que conviene con un documento que lleva nombres, identificadores y una obligación de pago.

Sobre esta información

Los requisitos que se enumeran arriba proceden del artículo 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de México y de los artículos 621 y 709 del Código de Comercio de Colombia. Son las dos legislaciones cuyas citas hemos verificado; en el resto de países la lista sirve de guía, pero conviene confirmar la ley cambiaria local antes de firmar.

Esta página es una herramienta de redacción, no asesoría jurídica. Para operaciones de importe alto o con garantías, consulte a un profesional.

Última revisión: 7 de agosto de 2026 · Reportar un error